Medellín 15 de enero de 2024

Venturoso año 2024 para la Educación Superior de carácter no oficial en Colombia y todos sus actores.

  • Acuerdo 093 de 2023. Exenciones Municipales para las I.E.S privadas del Distrito de Medellín (Industria y comercio, avisos y tableros, sobretasa bomberil y los impuestos sobre espectáculos públicos que se realicen en teatros de las IES).

El 22 de diciembre de 2023 fue publicado en la Gaceta Oficial número 5281 el Acuerdo 093, sancionado por el Alcalde.

En aviso anterior a su publicación, la División de Servicios Tributarios de la Secretaría de Hacienda Distrital, manifestó que era necesaria la conformidad expresa de la aceptación de las exenciones citadas. Las I.E.S privadas, en su gran mayoría, estaban en periodo vacacional y por esa razón la Dirección Ejecutiva de Asiesda, amparada en representación gremial, manifestó la aceptación de todas sus afiliadas. Ahora sugerimos a cada institución hacer dicha manifestación, en la que se exprese que no debe existir solución de continuidad en las exoneraciones como que el acuerdo anterior rigió hasta el 31 de diciembre de 2023 y el nuevo rige a partir del primero de enero de 2024. Llamamos la atención de los directores administrativos para cumplir, lo más pronto posible, los requisitos que exige la Secretaría de Hacienda.

Desde Asiesda quedamos dispuestos a recibir inquietudes puntuales sobre el particular.

  • Salario mínimo para los profesores de cátedra de las I.E.S privadas en 2024. El artículo 106 de la ley 30 de 1992, que regula la Educación Superior en Colombia, admitía la posibilidad de contratar los catedráticos, con carga laboral inferior a la de profesor de medio tiempo en la misma institución, por contrato de servicios (con remuneración por honorarios) o laboral. La Corte Constitucional declaró inexequible varios apartes de la norma, entre otros la posibilidad de contratar a dichos profesores por contrato de prestación de servicios. Lo que se señalaba como mínimo de honorarios, quedó como mínimo de salario hora clase. Este es equivalente al resultado de dividir el total de 8 smlmv por el número de horas laborables mes. Se multiplica por 8 smlmv (para 2024, $1.300.000 X 8 = $10,400,000). Este resultado de multiplicación se divide por el número de horas laborables mes que es de 173.2 (40 horas semanales, como es costumbre en la actividad y se señala en norma para las I.E.S públicas, que se multiplican por 4.33 semanas mes).

Hechas las operaciones, se obtiene un mínimo de salario de la hora cátedra para 2024, según la sentencia de la Corte Constitucional C517 de 1999, de $60.046,18. Sobre este valor deben pagarse las cotizaciones a la seguridad social y la parafiscalidad y es la base para el pago de prestaciones sociales.

En algunas I.E.S privadas, las horas laborables en la semana fluctúan entre 41 y 47 (a partir del 15 de julio de 2024, este último número baja a 46). Sobre ese número desarrollan la fórmula, lo que no es ilegal.

  • No olviden remitir a Asiesda las noticias de interés institucional que se consideren pertinentes para la publicación en estas notas informativas.
Notas universitarias No. 76